DATOS IMPORTANTES SOBRE LA ASISTENCIA FAMILIAR
Los y las niñas tienen derecho a recibir la Asistencia Familiar, y no hay justificativo que valga para que los obligados a darla se excusen de esa responsabilidad.
“Lo que deben saber nuestras radioescuchas es que lo primero es tener un proceso de AF ante el juzgado de familia de turno, porque la única persona que puede ordenar el cumplimiento del pago de la AF es un Juez de Familia que en caso de que no deposite la AF emite un mandamiento de apremio para que el obligado pueda entrar a la cárcel hasta que pague la AF adeudada” informa Carolina Sivila, abogada de la Defensoría de la Mujer del Centro Juana Azurduy.